Pensión por Sobrevivencia
Sobre el servicio:
Se entiende por Pensión Por Sobrevivencia como una indemnización económica dirigida a los familiares beneficiarios sobrevivientes al producirse el fallecimiento docente activo, como jubilado y/o pensionado del Ministerio de Educación (MINERD); y siempre que la causa de dicho deceso tenga un origen diferente al de riesgos laborales.
Sobre el servicio
Se entiende por Pensión Por Sobrevivencia como una indemnización económica dirigida a los familiares beneficiarios sobrevivientes al producirse el fallecimiento docente activo, como jubilado y/o pensionado del Ministerio de Educación (MINERD); y siempre que la causa de dicho deceso tenga un origen diferente al de riesgos laborales.
Dirigido a Familiares de Maestros, Conyugue o compañero de vida, hijos, padres del afiliado..
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- El beneficiario de la pensión deposita en INABIMA los documentos requeridos y procede a firmar el Formulario de Solicitud de Pensión de Sobrevivencia.
- El INABIMA analiza y verifica exactitud de las informaciones de los documentos depositados, y realiza los cálculos correspondientes.
- Con las informaciones validadas se realiza la solicitud de inclusión a nómina y se procede a comunicar por escrito al beneficiario que la solicitud fue aprobada e informa a partir de qué fecha empezará a recibir el pago correspondiente.
- En caso de que el beneficiario deba subsanar o completar alguna documentación, el Departamento de Pensiones y Jubilaciones le comunicará por escrito dichas anomalías.
Institución oferente del servicio

Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA)
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Puedes Solicitar Ayuda al:
- Departamento de Atención al Usuario; 809-686-6567
- [email protected]
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